Los anticipó Bartolomé Abdala, presidente provisional del Senado, en diálogo con Infobae en Vivo. Se trata del artículo 44 que quedó fuera de la iniciativa actual luego de que se generara una amplia polémica con la oposición y los aliados al Gobierno
GuardarLos anticipó Bartolomé Abdala, presidente previsional del Senado, en diálogo con Infobae en Vivo. Se trata del artículo 44 que quedó fuera de la iniciativa actual luego de que se generara una amplia polémica con la oposición y los aliados al Gobierno


A días de que el oficialismo trate e intente aprobar la reforma laboral en el Senado en el cierre de las sesiones extraordinarias, el presidente provincial de la Cámara Alta, Bartolomé Abdala, anticipó en Infobae en Vivo que buscarán modificar las licencias médicas por ley en el período ordinario en el Congreso de la Nación.
En diálogo con Infobae al Regreso junto a Gonzalo Aziz, Diego Iglesias, Malena de los Ríos, Matías Barberia y Mica Mendelevich, el senador de La Libertad Avanza anticipó que, tras la polémica por el artículo 44 de la reforma laboral, el Poder Ejecutivo estudiará la forma de tratar un proyecto en el que se discutan nuevamente las licencias médicas.
“En definitiva, lo de las licencias, es algo menor en lo extenso y en lo bondadoso que es la ley para mejorar el crecimiento en la Argentina. Ese artículo que te habla de las licencias, es verdad que acusaba las enfermedades graves de alguna manera diferente, con lo cual se eliminó, pero de ninguna manera la ley que se va a sancionar el viernes es de menor importancia”, resaltó el senador puntano antes de la sesión que se espera para el 27 de febrero.
El senador Bartolomé Abdala estvo en Infobae en Vivo
“Yo te aseguro que con el correr del período ordinario va a haber alguna ley nueva que va a venir a corregir ese tema, porque para nosotros también es importante que las licencias exageradas, abusivas, como son algunas que se sufren tanto en lo privado como en el sector público. Los certificados médicos truchos. Hay que hacer algo”, aseguró.
La polémica se había generado porque la normativa señalaba que, si un trabajador sufría un accidente o una enfermedad no relacionada con su empleo y no podía cumplir con sus tareas, tenía derecho a cobrar una parte de su sueldo mientras durara esa situación. Si la imposibilidad surgía de una acción voluntaria y consciente que implicaba un riesgo para su salud, percibía el 50% de su salario habitual, durante tres meses si no tenía personas a cargo, o durante seis meses si contaba con familiares legalmente a cargo. En caso de recaída de una enfermedad crónica, solo se consideraba un nuevo episodio si habían transcurrido más de dos años desde la última manifestación.
En los casos en que el accidente o la enfermedad no fueran consecuencia de una conducta voluntaria y consciente del trabajador, correspondía el 75% del sueldo, por los mismos plazos según la situación familiar. Si el empleador suspendía al trabajador por motivos económicos o disciplinarios, esa medida no afectaba el derecho a percibir el porcentaje de salario previsto durante el período de enfermedad o accidente.
Funte Infobae

