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Economía

El Gobierno volvió a postergar la actualización de los impuestos a los combustibles

YPF

Mediante el Decreto 693/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, modificó el esquema previsto en el Decreto 617/2025 y estableció que solo una parte de los incrementos pendientes del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono entrará en vigencia a partir del 1 de agosto.

La medida posterga hasta el 1 de septiembre el remanente correspondiente a las actualizaciones acumuladas de los años 2024 y 2025, además del primer trimestre de 2026, manteniendo la política de diferimientos que el Poder Ejecutivo viene aplicando desde hace más de un año para evitar que el componente impositivo impulse mayores aumentos en los precios de los combustibles.

En los considerandos del decreto, el Ejecutivo fundamentó la decisión en la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, una definición que también había utilizado en las prórrogas anteriores para justificar la administración gradual de estos gravámenes.

La Ley 23.966 establece que tanto el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos como el Impuesto al Dióxido de Carbono deben actualizarse trimestralmente, según la evolución del Índice de Precios al Consumidor elaborado por el Indec. Sin embargo, desde finales de 2023, el Gobierno viene posponiendo la aplicación plena de esos ajustes mediante sucesivos decretos para reducir su incidencia sobre la inflación.

Para agosto, la actualización parcial será de 10,572 pesos por litro en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos para las naftas, mientras que el Impuesto al Dióxido de Carbono aumentará 0,648 pesos por litro.

En el caso del gasoil, el incremento será de 9,511 pesos por litro por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, más 1,084 pesos por el gravamen ambiental y 5,150 pesos correspondientes al tratamiento diferencial que rige para la Patagonia, el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe.

Vale remarcar que la actualización impositiva no determina por sí sola el precio de los combustibles. Las petroleras también consideran la evolución del barril de crudo, el tipo de cambio, el costo de los biocombustibles y sus gastos operativos antes de definir los nuevos valores en los surtidores.

Con esta resolución, el Gobierno suma una nueva modificación al cronograma iniciado con el Decreto 617/2025 y continuado por los Decretos 699, 782, 840 y 929 de 2025, además de los Decretos 74, 116, 217, 302, 405 y 562 de 2026. Todos tuvieron el mismo objetivo: escalonar la aplicación de las actualizaciones impositivas previstas por la legislación.

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