Este lunes, la Cámara Federal porteña ordenó la indagatoria y captura de Nicolás Maduro y Diosdado Cabello. Se pidió la detención del presidente de Venezuela y su mano derecha, ambos acusados de cometer crímenes de lesa humanidad.
La decisión fue tomada por el tribunal tras unificar todas las causas radicadas en Comodoro Py contra el régimen de Maduro. Además, la orden contiene un pedido de captura internacional, a través de la Interpol con fines de extradición a la República Argentina. En el país, serán indagados por los crímenes de lesa humanidad.
El fallo de la justicia argentina contra Nicolás Maduro
“Observamos que los testimonios traslucen con elocuencia las vivencias padecidas por los damnificados y se ven reflejadas en los distintos informes de las organizaciones internacionales que exponen, específicamente, las características controvertidas del Estado de Derecho venezolano, la persecución –secuestros, torturas, asesinatos– a la población civil y el desinterés por adecuarse a las reglas democráticas”, comenzó diciendo el fallo.
La Justicia argentina ordenó la inmediata detención de Nicolás Maduro por crímenes de lesa humanidad en Venezuela
Luego, continuó: “Estas connotaciones muestran que, a esta altura del proceso, la colección probatoria resulta suficiente para que el juez de primera instancia disponga, sin más dilaciones, la convocatoria de Nicolás Maduro Moros y Diosdado Cabello a prestar declaración indagatoria”.
El pedido de detención inmediato de Nicolás Maduro
A su vez, los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens enfatizaron que: “a fin de evitar un entorpecimiento en la investigación, poner fin a la continuación de la trama delictiva y evitar futuras víctimas que padezcan irreparables violaciones a los derechos humanos, corresponde disponer la inmediata detención -vía Interpol- de Nicolás Maduro Moros y Diosdado Cabello, con fines de extradición a esta República Argentina”.
También, el fallo dispuesto por la justicia ordenó: “proceder de la misma forma en relación a las estructuras de las organizaciones de mando intervinientes que fuesen identificadas o aquellos otros que resta identificar, debiendo tenerse en cuenta los períodos investigados”.
Fuente: La100