El asesinato de Julián Álvarez, el joven chaqueño cuya novia se encuentra detenida e imputada por su muerte, volvió a poner sobre la mesa una discusión que Argentina parece evitar. No se trata de cuestionar la figura del femicidio ni de enfrentar hombres contra mujeres. Se trata de preguntarnos por qué, cuando la víctima es un hombre en un contexto de violencia dentro de la pareja, el debate prácticamente desaparece. ¿Por qué el Androcidio no figura en el Código Penal argentino?
Por Guido Esteban Polisena
El femicidio es una figura jurídica necesaria y con fundamentos propios. Pero reconocer esa realidad no debería impedir que Argentina abra la otra parte de la discusión. Cómo proteger, visibilizar y asistir a los hombres que también son víctimas de violencia en el ámbito de la pareja y por qué esa problemática casi nunca ocupa un lugar en la agenda pública.
El femicidio es una figura jurídica necesaria y con fundamentos propios. Nació para responder a una realidad dolorosa. La violencia sistemática y los asesinatos de mujeres por razones de género. Esa conquista legal, lograda en Argentina en 2012, no debería ponerse en discusión. Pero reconocer esa realidad tampoco debería impedir que el país inicie otra conversación igual de necesaria. Si el sistema jurídico acepta el término de Femicidio y el contexto de violencia de género cuando una mujer es asesinada por un hombre, ¿por qué el mismo sistema no reconoce el Androcidio cuando el caso es a la inversa?
El Androcidio es un término utilizado para referirse al asesinato de un hombre por razones relacionadas con su condición de hombre o por motivos de género y no existe en el Código Penal argentino. De hecho, ni siquiera forma parte del debate legislativo. Y quizás nunca llegue a convertirse en una figura jurídica.
Sin embargo, la ausencia de un tipo penal no debería traducirse en la ausencia de una discusión social. Porque los hombres también pueden sufrir violencia física, psicológica o económica. También pueden ser manipulados, amenazados o golpeados. Y muchas veces callan por vergüenza, por miedo al ridículo o porque saben que difícilmente serán reconocidos como víctimas.
El caso de Julián aún está bajo investigación. Será la Justicia la que determine qué ocurrió y cuáles fueron las responsabilidades. Pero, independientemente del desenlace judicial, el expediente ya expone una realidad incómoda. Cuando la víctima es un hombre, la Justicia insiste que la figura de Homicidio simple o calificado es suficiente, pero cuando la víctima es mujer, a esa misma carátula se le agrega el concepto de Femicidio y la perspectiva de género. En un caso como el de Julián, la “empatía” judicial se vuelve más escasa, la cobertura menos intensa y el debate casi inexistente.
Hablar de la violencia que padecen algunos hombres no minimiza la violencia que sufren las mujeres. Una problemática no invalida a la otra. Al contrario, una sociedad que realmente condena la violencia debería hacerlo sin seleccionar a sus víctimas según el género. La igualdad no consiste en competir por quién sufre más, sino en garantizar que toda persona que atraviese una situación de violencia encuentre protección, contención y una respuesta del Estado.
Quizás Argentina no necesite incorporar el androcidio como figura penal. Pero sí necesita dejar de actuar como si la violencia contra los hombres fuera un tema menor o, peor aún, un tema del que no se puede hablar. Porque una sociedad madura no elige qué víctimas merecen ser escuchadas. Las escucha a todas.
Fuente: NG Federal



