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viernes, marzo 29, 2024

Corrupción en la Uncaus: 7 años de prisión para Omar Judis

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Este miércoles, la Justicia dictó la condena para el ex rector de la Universidad, así como para los otros involucrados. Tampoco podrá ejercer cargos públicos.

Este miércoles por la tarde, el Tribunal Oral Federal de Resistencia dictó la sentencia N° 91/2022, la cual condena al ex rector de la Uncaus, Omar Judis, a 7 años y seis meses de prisión, inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública y una multa de $90.000.

El fallo explica que Judis fue condenado por ser el “coautor penalmente responsable por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público; fraude en perjuicio de la administración pública, peculado y cohecho pasivo, en concurso real”.

También fue condenado su hijo, Enzo Gabriel Judis, a la pena de cinco años y seis meses de prisión, inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública y una multa de $90.000.

El mismo fue sindicado como coautor penalmente responsable por los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y como partícipe necesario por el delito de peculado, en concurso real entre sí.

De la misma manera, fueron condendos:

  • Walter Gustavo López, a tres años de prisión de ejecución en suspenso e inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública con una multa de $90.000. El mismo fue declarado coautor penalmente responsable por los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, fraude en perjuicio de la administración publica y peculado, todos en concurso real.
  • Luis Sebastián Pugacz, a dos años y ocho meses de prisión de ejecución en suspenso e inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública, con una multa de $90.000. El mismo fue considerado coautor penalmente responsable por los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, fraude en perjuicio de una administración pública y peculado, en concurso real entre sí.
  • Juan Carlos Tymkiw, a dos años y ocho meses de prisión de ejecución en suspenso, por ser coautor penalmente responsable por los delitos de fraude en perjuicio de una administración publica en su calidad de constructor y cohecho activo, en concurso real entre sí.

Los tres deberán someterse, por el mismo tiempo de la condena, a las siguientes reglas de conducta:

  1. Fijar residencia que no podrá modificar sin el previo conocimiento y autorización de este Tribunal, y someterse al cuidado de un Centro de Liberados.
  2. Realizar trabajo comunitarios no remunerados en días y horas hábiles a razón de ocho horas mensuales, por el término de dos años, en institución de salud pública o educativa de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña (Chaco), que deberá designar e informar a este Tribunal para la adopción de los recaudos pertinentes.

REVES JUDICIAL PARA JUDIS EN CAUSA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

La jueza de Faltas provincial de Presidencia Roque Sáenz Peña, Celia Altamiranda, emitió a fines de agosto, una resolución en contra de Omar Judis, en el marco de una causa en la que está acusado de ejercer violencia de género contra la abogada Yanina Spitzer Pacheco.

La titular del Juzgado de Faltas le ordenó al exrector de la Universidad Nacional del Chaco Austral que «cese de manera inmediata con las intimidaciones o perturbaciones» contra Spitzer Pacheco, quien en marzo de este año lo denunció por violencia de género y hostigamiento durante un episodio ocurrido en la radio de la universidad.

Asimismo, Altamiranda, quien hace algunos meses quedó a cargo de la causa tras aceptar la competencia, dispuso también que Judis «no debe contactarse con la víctima por ningún medio informático, llámese redes sociales o mensajes de telefonía celular, con el fin de garantizar la integridad psíquica de la denunciante». 

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